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martes, 9 de agosto de 2011

A pagar vuelve el Sicri


Antes de aprobar una solicitud para una tarjeta de crédito o un crédito hipotecario los bancos podrán volver a revisar el historial del peticionario en las otras instituciones financieras del país, pues el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) levantó la veda que él mismo impuso hace casi seis años para el uso del Sistema de Información Central de Riesgo (Sicri), también conocido como la "lista negra de deudores bancarios".

La decisión la adoptó la Sala Constitucional al desechar la demanda que en agosto de 2004 interpuso el entonces defensor del Pueblo, Germán Mundaraín, contra la derogada Ley General de Bancos y al levantar la prohibición que, en diciembre de 2005, le impuso a la Superintendencia de Bancos (hoy de Instituciones Financieras) para que permitiera el uso de ese registro de morosos.

No obstante, en el fallo 1.318, que redactó la presidenta de la instancia, magistrada Luisa Estella Morales, se deja en claro que el Sicri no regresará tal y como era antes, pues en él se le ordena al despacho dirigido por Edgar Hernández Behrens se modifique para ajustarlo al marco legal actual.

En primer lugar el TSJ mandó que se les informe a los usuarios del sistema financiero que sus datos serán recopilados en una base de datos a la que solo podrán acceder los bancos para evitar realizar inversiones riesgosas y manda a éstos últimos a actualizar permanentemente la información.

Sobre este último punto, la Sala dictaminó que "quien ha incurrido en alguna mora o retardo en la cancelación de una obligación crediticia debe incluirse en el Sicri, pero si con posterioridad paga su obligación, no podría aceptarse ninguna tesis que le impida ser borrado".

Por último, además de prohibir la existencia de sistemas paralelos, el TSJ ordenó que se sumen a esta lista negra no solos los deudores, sino también los condenados por legitimación de capitales, terrorismo, traición a la patria y a los exdirectivos de bancos intervenidos.


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